Mapa de Sitio     English Version Inicio   I   La Empresa   I   Servicios   I   Información   I   Clientes   I   Contacto  


  Información  
 


Descarga de Información
Preguntas Frecuentes
Clases
Marcas
Patentes y Modelos de Utilidad
Modelo y Diseño Industrial
Propiedad Intelectual


PROPIEDAD INTELECTUAL

Depósito de propiedad intelectual (Ley 11723)
El derecho de autor resguarda la autoría de obras científicas, literarias y artísticas. Comprende "...las obras de dibujos, pintura, escultura, arquitectura...impresos, planos y mapas, los plásticos, fotografías, grabados" etc. Actualmente comprende también las obras de software.

El derecho de Autor protege las obras de arte, literarias y las obras cuyo propósito sea transmitir información, sin importar el medio que se utilice. Lo que se resguarda es la expresión formal de una idea y no la idea en si.
Textualmente, la ley protege obras de autoría original fijadas a través de cualquier medio tangible de expresión, conocido por desarrollarse, en los que dicha obras puedan ser percibidas, reproducidas o transmitidas.


Beneficios
Seguridad: Lo que ingresa al Registro del Derecho de Autor adquiere mediante el
    acto administrativo que significa su admisión, luego de un examen, certeza de su
    existencia en determinada fecha, en lo que hace a su autor y contenido. Si se trata
    de un contrato, certeza de la fecha, contenido y partes contratantes.
Prueba de Autoría: Es una presunción de autoría que otorga el estado con fecha
    cierta de inscripción.
Elemento de comparación: el registro en la Dirección Nacional del Derecho de
    Autor, sirve de elemento de comparación en supuestos de plagio y piratería. En
    esos supuestos, la obra es remitida al Poder Judicial para su valoración.
Protección del Usuario de Buena Fe: Se presume autor de la Obra el que figura
    como tal en el certificado de registro. El autor que publicara la obra conforme las
    constancias que obran en la Dirección Nacional de Autor. Quedaría eximido de
    responsabilidad penal en el supuesto de que se presentara el verdadero autor
    reclamando.
Publicidad de la obra y Contratos Registrados: el Registro de una obra en DNDA
    beneficia a todo aquel que tiene interés en oponer su derecho frente a terceros.
Tratándose de una obra Inédita, ante cualquier duda, extravío o conflicto, siempre
    existe la posibilidad de requerir la apertura de sobre y obtener el contenido
    certificado por la Dirección Nacional del Autor.



w w w . i n f o m a r c a . c o m
Roque Saenz Peña 974 - Piso 7, Of. A / 1035 Buenos Aires - Tel. +54 11 43274355 / bsas@infomarca.com
Ayacucho 449 - Piso 2, Dpto. "B" / 5000 Córdoba - Tel. +54 9 351-5982170 / 71
Cel: +54 351-155998704 / 351-153228531 / consultas@infomarca.com
  by Puente Digital ®