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PROPIEDAD INTELECTUAL
Depósito de propiedad intelectual (Ley 11723)
El derecho de autor resguarda la autoría de obras científicas, literarias y artísticas. Comprende "...las obras de dibujos, pintura, escultura, arquitectura...impresos, planos y mapas, los plásticos, fotografías, grabados" etc. Actualmente comprende también las obras de software.
El derecho de Autor protege las obras de arte, literarias y las obras cuyo propósito sea transmitir información, sin importar el medio que se utilice. Lo que se resguarda es la expresión formal de una idea y no la idea en si.
Textualmente, la ley protege obras de autoría original fijadas a través de cualquier medio tangible de expresión, conocido por desarrollarse, en los que dicha obras puedan ser percibidas, reproducidas o transmitidas.
Beneficios
Seguridad: Lo que ingresa al Registro del Derecho de Autor adquiere mediante el
acto administrativo que significa su admisión, luego de un examen, certeza de su
existencia en determinada fecha, en lo que hace a su autor y contenido. Si se trata
de un contrato, certeza de la fecha, contenido y partes contratantes.
Prueba de Autoría: Es una presunción de autoría que otorga el estado con fecha
cierta de inscripción.
Elemento de comparación: el registro en la Dirección Nacional del Derecho de
Autor, sirve de elemento de comparación en supuestos de plagio y piratería. En
esos supuestos, la obra es remitida al Poder Judicial para su valoración.
Protección del Usuario de Buena Fe: Se presume autor de la Obra el que figura
como tal en el certificado de registro. El autor que publicara la obra conforme las
constancias que obran en la Dirección Nacional de Autor. Quedaría eximido de
responsabilidad penal en el supuesto de que se presentara el verdadero autor
reclamando.
Publicidad de la obra y Contratos Registrados: el Registro de una obra en DNDA
beneficia a todo aquel que tiene interés en oponer su derecho frente a terceros.
Tratándose de una obra Inédita, ante cualquier duda, extravío o conflicto, siempre
existe la posibilidad de requerir la apertura de sobre y obtener el contenido
certificado por la Dirección Nacional del Autor.
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